UTILIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN SOCIOSANITARIA MANEJADA EN INSTITUCIONES DE PERSONAS DEPENDIENTES
Tarea nº 27: UTILIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN SOCIOSANITARIA MANEJADA EN INSTITUCIONES DE PERSONAS DEPENDIENTES
Nombre del Módulo: Apoyo en la organización de intervenciones en el ámbito institucional.
Nombre de la Unidad Formativa: Apoyo en la organización de actividades para personas dependientes en instituciones.
Nombre de la Unidad de Aprendizaje: Colaboración en plan de cuidados individualizado y la documentación básica de trabajo.
Fecha: 8 de mayo de 2020
Docente responsable: María Ángeles Rodríguez González
Descripción de la Tarea:
Nombre del Módulo: Apoyo en la organización de intervenciones en el ámbito institucional.
Nombre de la Unidad Formativa: Apoyo en la organización de actividades para personas dependientes en instituciones.
Nombre de la Unidad de Aprendizaje: Colaboración en plan de cuidados individualizado y la documentación básica de trabajo.
Fecha: 8 de mayo de 2020
Docente responsable: María Ángeles Rodríguez González
Descripción de la Tarea:
En la entrada de hoy hablaremos de cómo se debe utilizar la documentación sociosanitaria manejada en las instituciones sociales.
La Agencia Española de Protección de Datos es el organismo independiente encargado de velar por el cumplimiento de esta Ley y señala que las residencias tratan información de un sector de la población, el de la tercera edad, que "precisa una especial protección, ya que en muchas ocasiones se encuentran en una situación que les impide conocer y ejercitar sus derechos en igualdad de condiciones".
1.2. Mantenimiento y actualización de los datos.
Instrucciones de realización de la tarea:
1. UTILIZACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN SOCIOSANITARIA MANEJADA EN INSTITUCIONES DE PERSONAS DEPENDIENTES.
En las instituciones sanitarias se manejan dos tipos de documentos, los administrativos y los sanitarios. En ambos casos, en el manejo de toda la documentación que contenga los datos de los/as usuarios/as en la institución de atención a personas dependientes, se observará y cumplirá estrictamente con La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales (en adelante LOPDGDD) para garantizar la confidencialidad de la información de carácter personal, sanitario y social.
La Agencia Española de Protección de Datos es el organismo independiente encargado de velar por el cumplimiento de esta Ley y señala que las residencias tratan información de un sector de la población, el de la tercera edad, que "precisa una especial protección, ya que en muchas ocasiones se encuentran en una situación que les impide conocer y ejercitar sus derechos en igualdad de condiciones".
Por todo ello, debemos tener siempre presente que los datos de carácter personal deben tratarse cumpliendo la normativa de protección de datos desde su recogida hasta su archivo y mantenimiento.
1.1. Recogida de datos en instituciones de personas dependientes.
Las hojas de cumplimentación deben recabar sólo los datos que sean estrictamente necesarios y se almacenarán de tal manera que se pueda acceder a ellos de forma independiente. Además, es obligatorio que el centro o institución responsable del tratamiento de los datos informe siempre a los/as usuarios/as en el momento de la recogida de los mismos sobre sus derechos en relación a sus propios datos personales.
Cuando haya que solicitar al usuario/a el consentimiento para la cesión de sus datos, éste
deberá ser informado de la finalidad a la que éstos se destinarán y el tipo de actividad que desarrolla el cesionario. Además, de obtener el consentimiento informado. En caso de no obtenerlo, el consentimiento será nulo.
1.2. Mantenimiento y actualización de los datos.
Los datos de los/as usuarios/as en los centros de atención a personas dependientes deben ser constantemente actualizados, deben ser exactos y deben responder a la situación actual en la que se encuentran.
1.3. Deber de observar el secreto Profesional.
Las personas que utilizan los datos de carácter personal en instituciones de atención a personas dependientes están obligadas al secreto profesional y no pueden revelar la información a terceros. Esta obligación atañe a todo aquel que intervenga en el tratamiento de los datos de carácter personal y no solo se limita a las personas que por el ejercicio de una determinada actividad o profesión estén sujetas a secreto profesional.
Esta obligación se mantendrán aun cuando hubiese finalizado la relación con el usuario/a.
Los datos de carácter personal objeto de tratamiento sólo podrán ser comunicados a un tercero para el cumplimiento de fines directamente relacionados con las funciones legítimas del cedente y del cesionario con el previo consentimiento informado del interesado.
No será necesario informar sobre la cesión de datos en los siguientes casos:
- Cuando la cesión esté autorizada por Ley.
- Se trate de datos recogidos de fuentes de acceso público siempre y cuando los datos sean para la satisfacción de interés propio y se respeten los derechos de los interesados.
- El tratamiento responda a la libre y legítima aceptación de una relación jurídica cuyo desarrollo cumplimiento y control implique una necesaria conexión del tratamiento de ficheros de terceros. En otras palabras, cuando exista un contrato para prestar un servicio.
- El destinatario de la comunicación sea el Defensor del Pueblo, el Ministerio Fiscal, Tribunal de Cuentas o Jueces o Tribunales.
- La cesión sea entre Administraciones Públicas con el fin de tratarlos posteriormente con finalidad histórica, estadística o científica.
- La cesión de datos relativos a la salud sea necesaria para solucionar una urgencia que requiera acceder a un fichero.
1.4.La figura del/la Delegado/a de Protección de datos en las instituciones sociosanitarias.
El Delegado de Protección de Datos es la persona designada por la institución sociosanitaria para:
- El manejo de datos altamente sensibles y que tengan un seguimiento regular y sistemático de los datos a gran escala.
- La gestión de todas las cuestiones relacionadas con la Protección de Datos.
- Supervisar que la institución sociosanitaria está cumpliendo con todo lo que establece la LOPD.
Una vez leídos de manera comprensiva los contenidos de la entrada hoy, te proponemos la realización de la siguiente tarea:
1. Contesta si son verdaderos (V) o falsos (F) los siguientes enunciados:
- El manejo de documentación sobre los datos de las personas usuarias de la institución sociosanitaria cumplirá con lo que establece la La Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
- Los datos de carácter personal deben tratarse cumpliendo la normativa de protección sólo en su recogida porque se trata de una institución sociosanitaria.
- En todas las instituciones sociosanitarias debe haber una persona que se encargue de supervisar que se está cumpliendo con lo que establece la LOPD.
- En el momento de recogida de los datos en las instituciones sociosanitarias no es necesario informar a los/as usuarios/as sobre sus derechos en relación a sus propios datos personales.
- En caso de que el Ministerio Fiscal solicite datos de la persona usuaria al centro, éste debe informar previamente a la persona usuaria para que éste informe de sus consentimiento antes de cederle estos datos.
- Cuando se requiera acceder a un fichero para ceder datos a terceros referidos a la salud de una persona usuaria por cuestiones de urgencia no será necesario informar de la cesión de estos datos.
- En las instituciones sociosanitarias no es necesario tener actualizados los datos de las personas usuarias.
2. Responde a la pregunta atendiendo al siguiente supuesto práctico:
Lourdes es una cuidadora de atención a personas en situación de dependencia que trabaja en una residencia y que maneja datos personales de varios/as usuarios/as. Resulta que esta mañana, en su tiempo libre, va al supermercado y se encuentra con la prima de una de las usuarias y comparte información personal sobre dicha usuaria.
¿Qué está infringiendo Lourdes según la LOPD?
________________________________________________________________________
Instrucciones de realización de la tarea:
La entrega de esta tarea se podrá realizar a través de los procedimientos establecidos, siendo la fecha límite el 12 de mayo hasta las 12:00 horas
Comentarios
Publicar un comentario