PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL CON PERSONAS CON DEPENDENCIA


Tarea nº 12: PRINCIPIOS ÉTICOS DE LA INTERVENCIÓN SOCIAL CON PERSONAS CON DEPENDENCIA.

Nombre del Módulo: Apoyo en la organización de intervenciones en el ámbito

institucional. 

Nombre de la Unidad Formativa: Apoyo en la recepción y acogida en instituciones de

personas dependientes.

Nombre de la Unidad de Aprendizaje: Protocolos de actuación en la recepción y acogida de residentes.

Fecha: 16 de abril 2020

Docente responsableMaría Ángeles Rodríguez González


Descripción de la Tarea: 

En la entrada de hoy vamos a hablar de la importancia que tiene nuestro comportamiento y nuestras actitudes cuando trabajamos como cuidadores/as de atención a personas con dependencia y cómo estas actitudes y estos comportamientos se deben ajustar a una normas, estando claramente delimitada nuestra intervención. Empezaremos hablando de la deontología profesional.


DEONTOLOGÍA PROFESIONAL


La deontología profesional hace referencia al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional. Estas normas determinan los deberes mínimamente exigibles a los profesionales en el desempeño de su actividad.
Sin embargo, este termino hay que diferenciarlo del de ética profesional que está más orientada a la realización del bien y está relacionada con lo que piensa el propio individuo, por lo que puede definirse como su conciencia profesional.



NORMAS EN EL ÁMBITO PROFESIONAL DE ATENCIÓN A LA DEPENDENCIA
Dentro de las normas existentes en el ámbito profesional de atención a la dependencia, el/la profesional de atención sociosanitaria en su labor diaria cumplirá una serie de normas. Existen una serie de normas para todo el personal, que serán de obligado cumplimiento e imprescindibles para la consecución de los objetivos previstos. Estas normas son las que se detallan a continuación a modo de ejemplo:
1. El trabajador lo es de todo el centro, aunque por criterios organizativos tenga asignado y, por lo tanto, preste sus servicios en una determinada área del mismo. Todos somos iguales, es decir, trabajadores de la misma empresa, y, aunque pertenezcamos a categorías profesionales diferentes, nadie está por encima de los demás.
2. El trabajador/a vestirá durante toda la jornada laboral el uniforme de trabajo. El buen uso del uniforme es responsabilidad de cada trabajador/a.
3. Si un trabajador/a tuviera que ausentarse de su puesto de trabajo durante su jornada laboral, deberá solicitar el permiso pertinente a su supervisor/a.
4. No se podrá abandonar el puesto de trabajo hasta la llegada de los/as compañeros/as del siguiente turno; en el caso de no acudir ninguno de ellos/as, se comunicará la incidencia al supervisor/a del turno.
5. La higiene personal es requisito básico para las personas que trabajen en el centro, ya que constituye la primera señal de profesionalidad.
6. Está prohibido fumar en todas las dependencias del centro en cumplimiento de la legislación vigente. 
7. Está terminantemente prohibida, salvo al personal autorizado, la entrada en la cocina, salas de calderas, cámaras, lavandería y demás dependencias técnicas del centro.
8. Las llamadas telefónicas personales de cada trabajador deberán realizarse durante su periodo de descanso y siempre utilizando recursos propios. Los teléfonos del centro sólo podrán ser empleados para la realización de llamadas por asuntos estrictamente profesionales y siempre por el personal autorizado. En el supuesto de urgencia, se comunicará previamente al supervisor/a del turno, quien procederá o no a la autorización. Está terminantemente prohibido el uso de teléfonos móviles durante la jornada de trabajo.
9. Para ahorrar energía se tendrán que mantener las luces apagadas en aquellas dependencias que no se estén utilizando.
10. La recepción de llamadas para el personal durante la jornada laboral está restringida a situaciones importantes o de urgencia y será el personal de recepción el que tendrá que controlar el cumplimiento de esta norma. 
11.Las incidencias que surjan entre compañeros/as o con usuarios/as deberán comunicarse por escrito a el/la supervisor/a del turno, quién a su vez lo comunicará a la dirección del centro.
12. Hay que mantener una actitud de colaboración y coordinación entre departamentos porque todos somos parte integrante de un equipo, aunque cada uno tenga sus funciones claras y delimitadas. Como muchas tareas precisan de interrelación entre los distintos departamentos siempre se ha de favorecer el trabajo de todos, sin dejar tareas sin hacer o para el que venga detrás, ya que perjudican el servicio o departamento.
13. No se manifestarán en público actitudes negativas hacia el servicio, el centro o el trabajo realizado, ni a usuarios, familiares o visitas. Cualquier problema, discrepancia, sugerencia, opinión o queja debe realizarse directamente a la dirección del centro o en las reuniones interdisciplinares que se mantengan. 
14. No hay que mantener discusiones ni intercambios de pareceres que puedan ser considerados como tales ni con usuario/a, familiares, visitas o compañeros/as de trabajo. Tampoco hay que dar respuestas bruscas o desabridas ni faltar el respeto a ninguno de ellos/as.
15. Deberán cuidarse, muy especialmente, todas nuestras actitudes en el trabajo, así como comentarios, actuaciones, etc., procurando que demuestren siempre contenidos positivos. Cualquier charla o comentario sobre discusiones laborales o particulares tendrá que realizarse siempre en el ámbito privado y nunca en público. 

ACTITUDES Y VALORES DEL PROFESIONAL DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

El/la profesional de atención sociosanitaria debe tener una serie de actitudes hacia los componentes de su actuación profesional: los/las usuarios/as, los familiares de los/las usuarios/as, la institución y la organización laboral, los/as compañeros/as de trabajo, así como hacia sí mismo y su propia profesionalidad.

En su trabajo de atención directa a las personas con dependencia, el profesional de atención sociosanitaria mostrará hacia los/las usuarios/as que residen en la institución las siguientes actitudes
- Respetará fundamentalmente la dignidad humana del ingresado y lo tratará de forma integral desde una perspectiva biopsicosocial.
- No hará discriminaciones de ningún tipo y tratará a todos los/las usuarios/as por igual, pero siempre teniendo en cuenta la diferenciación y velando por que el residente reciba los cuidados de salud y seguridad que precisa. 
- Mostrará una actitud positiva, de optimismo, empatía, ayuda, confianza y tranquilidad. 
- Presentará una actitud de respeto hacia el ingresado, dirigiéndose a él con educación y respetando su intimidad personal, sus espacios físicos y sus pertenencias. 
- Motivará al usuario/a para que utilice al máximo sus capacidades, no hará las cosas por él/ella para ganar tiempo, tendrá paciencia y respetará los ritmos del ingresado.
- Mostrará una actitud motivadora para potenciar la participación del residente en las actividades del centro y su interacción con otros usuarios/as, personal y familia, animándoles y participando él/ella mismo/a de forma activa y positiva en las actividades.
- Utilizará un lenguaje claro, adecuado al nivel de dependencia que presente el/la usuario/a con instrucciones precisas, frases cortas, concisas y con un tono de voz adecuado.
- Se mostrará respetuoso y educado con todos los/las usuarios/as, respetando su derecho a la intimidad, a la libertad de expresión, etc., y si tuviera conocimiento de alguna falta de respeto a los mismos por parte de algún/a compañero/a, lo pondrá en conocimiento del personal responsable del centro. Asimismo, los residentes tienen una serie de derechos que se deberán respetar en todo momento.  

Derechos de los/las usuarios/as de la institución de atención a la dependencia:
- Derecho a la libertad de actuación y a la capacidad de elección.
- Derecho a la vida y a la igualdad plena ante la ley.
- Derecho a recibir un trato digno, con respecto hacia sus valores, creencias y preferencias.
- Derecho a recibir las atenciones que precise en función de su grado de dependencia, y a que dichas atenciones sean proporcionadas por personal con formación adecuada para ello. 
- Derecho al honor, la intimidad personal y la privacidad.
- Derecho a la información sobre sus derechos, su estado y diagnóstico.
- Derecho a participar activamente y a la toma de decisiones.
- Derecho a la tutela de los jueces y a la protección jurídica adecuada en caso de incapacitación legal.

El profesional de atención sociosanitario debe mostrar hacia sí mismo y su propia profesionalidad las siguientes actitudes: 
- Ejercerá su trabajo de manera responsable cumpliendo las normas, órdenes y pautas marcadas por el equipo interdisciplinar.
- Mantendrá en todo momento el secreto profesional y respetará la intimidad de los usuarios/as.
- Se protegerá a sí mismo, para lo que tendrá en cuenta las medidas de protección y seguridad, y cumplirá las pautas de los planes de prevención de riesgos laborales que le proporcione la empresa.
- Procurará formarse y mantener actualizado en su profesión.

Valores personales y profesional del/la profesional de atención sociosanitaria:

Los valores personales y profesionales que debe cultivar el/la profesional de atención sociosanitario son dedicación, constancia, paciencia, responsabilidad, capacidad de adaptación, flexibilidad, eficiencia y colaboración.

RESPETO POR LA CONFIDENCIALIDAD E INTIMIDAD DE LAS PERSONAS CON DEPENDENCIA.

Unas de las actitudes y valores más importantes en el trabajo del/la profesional de atención sociosanitaria y, en general, de todos los/las profesionales que trabajan en la atención a personas con dependencia, es el respeto por la confidencialidad


En el trabajo diario en un centro de atención a personas con dependencia se maneja mucha información sanitaria, social y personal sobre los/las usuarios/as. Es básico garantizar la confidencialidad de esos datos como parte de la actividad profesional, así como utilizar únicamente dicha información con los fines por los que se posee; garantizar una atención adecuada y de calidad al usuario/a.


El cumplimiento del secreto profesional y la confidencialidad están protegidos por la Ley Orgánica 15/1999 del 13 de diciembre de protección de datos de carácter personal. Según esta ley, todo trabajador tiene que guardar silencio sobre aquella información de carácter personal, social y en este caso, sanitario de la que tenga conocimiento, bien de manera formal por manejar informes o expedientes o bien de manera informal porque se emplee en reuniones o durante la provisión de cuidados a la persona atendida.


Es preciso, por tanto, tener un especial cuidado en las conversaciones que pueden producirse en la institución en el trabajo cotidiano, porque pueden ser oídas por terceras personas que no tiene por qué conocer dicha información como, por ejemplo, familiares, otros/as compañeros/as, etc. Si el/la usuario/a al que hace referencia dicha información no ha dado su consentimiento explícito para revelarla, estaríamos violando su intimidad e incurriendo en un posible delito. Debe ceñirse a dar la información en el contexto adecuado, por ejemplo, reuniones con otros profesionales para garantizar las atenciones adecuadas al residente en un entorno que favorezca la intimidad. Al estar realizando las prácticas laborales el alumnado evitará hacer comentarios en diferentes instituciones sobre los quehaceres profesionales de un centro a otro. 

DELIMITACIÓN DEL PAPEL DEL PROFESIONAL DE ATENCIÓN SOCIOSANITARIA

El/la profesional de atención sociosanitaria deberá cumplir una serie de normas y tendrá unas delimitaciones en cuanto a su intervención, que a continuación se detallan:
- Respetar las normas básicas de convivencia y tratar con el máximo respeto a los/as ingresados, a los/as compañeros/as de trabajo y a las personas ajenas a la institución.
- No deben emplearse expresiones que denoten un trato infantil o paternalista como, por ejemplo, “los abuelos”. Es obligatorio al dirigirse a los/las usuarios/as los llamen por su nombre y muestren respeto hacia ellos/as.
- El trato correcto, sin gritos ni estridencias, amable y cálido, contribuye a mejorar el ambiente y a estimular la conducta de los residentes. Hay que tener en cuenta que en muchas ocasiones el comportamiento de los/as usuarios/as dependerá en gran medida del ambiente físico y social que les rodea. Lo que dicen y hacen los expertos que trabajan en la institución puede actuar como estímulo desencadenante de una conducta problemática en los/as residentes.
- Es preciso respetar la intimidad de los/las usuarios/as y, para ello, se llamará a las habitaciones antes de entrar y se les permitirá a los/as residentes momentos de soledad voluntaria, si así lo desean. 
- A los/las usuarios/as afectados de demencia o deterioro cognitivo severo, nunca se les deberá dejar solos, ni se les permitirá su marcha errática, disfuncional y descontrolada. 
- Bajo ningún concepto  aceptará propinas, dinero u objetos de valor de los residentes.

- No se le permitirá el acceso, ni siquiera a los/las usuarios/as más válidos, a las denominadas “zonas de riesgo”: lavandería, enfermería, cocina. Botiquín ni instalaciones de mantenimiento. Estas dependencias permanecerán cerradas siempre que se ausente el personal encargado de las mismas. 
- Está totalmente prohibido dejar al alcance de los/las usuarios/as con un mayor grado de dependencia productos peligrosos (lejías, colonias, geles, etc.), instrumentos u objetos contundentes o cortantes y materiales peligrosos (cordones, plásticos guantes, cinturones, etc.) que puedan ingerir o causar lesiones, pues esto supone un riesgo importante para su salud.

- Extremará la alerta y prestará atención selectiva y especial a aquellos usuarios/as que suponen mayor riesgo. 
- Tratará de reducir el nivel de ruidos (voces, gritos etc.) y racionalizar el uso de la televisión y la música. Un ambiente relajado facilita conductas más apacibles.


A continuación, te dejamos video muy corto sobre los contenidos tratados en la entrada de hoy:



 Una vez leída de forma comprensiva la entrada de hoy y de haber visualizado el vídeo, te planteamos una serie de preguntas con cuatro alternativas de respuesta cada una. Debes marcar con una X la respuesta de correcta  a la pregunta formulada.



1. En el trabajo diario en un centro de atención a personas con dependencia se maneja mucha información sanitaria, social y personal sobre los/las usuarios/as, por lo tanto es básico garantizar:

a) Control ABVD
b) La confidencialidad.
c) Una actitud positiva.
d) La tolerancia.

2. Cuando hablamos de las actitudes y valores de los profesionales sociosanitarios queremos decir que:
a) Presentará una actitud de respeto hacia la persona usuaria con educación y respetando su intimidad.
b) Motivará a la persona usuaria para que utilice al máximo sus capacidades.
c) Mostrará una actitud de paciencia y respetará los ritmos de la persona usuaria.
d) Todas las respuestas son correctas

3. La deontología hace referencia:
a) A los valores que deben tener las personas en el desempeño de todas las actividades que realiza en su vida diaria.
b) A las normas laborales que debe cumplir el odontólogo exclusivamente en el ámbito de su actuación.
c) Al conjunto de principios y reglas éticas que regulan y guían una actividad profesional.
d) Ninguna de las respuestas son correctas.

4. El/la profesional sociosanitario debe dirigirse a los/as usuarios/as del centro siempre como "abuelos/as" y evitar llamarles por su nombre para no generar diferencias de trato entre ellos/as. 
a) En ningún caso, siempre se les debe llamar por su nombre. 
b) Si, se les debe tratar como "abuelos/as" en presencia de los familiares y en las salidas. En privado se le puede llamar por su nombre.
c) Si, se les debe tratar como "abuelos/as" cuando nos referimos/as a ellos/as en el ámbito del equipo multidisciplinar.
d) No, se les debe tratar como "mi niño/a" o "mis niños" porque ello favorece el acercamiento emocional entre el/la profesional y el usuario/a.

5. " Está terminantemente prohibido el uso de teléfonos móviles durante la jornada de trabajo" es una de las normas que debe cumplir el/la profesional sociosanitario:
a) Es una norma, pero la norma establece lo contrario "el/la profesional sociosanitario deberá llevar siempre consigo su teléfono móvil por si surgiera cualquier urgencia en el centro.
b) Si, es una norma de obligado cumplimiento.
c) Si, es una norma, pero con excepciones, ya que, en épocas como carnavales, Navidad, verano, etc. El/la profesional sociosanitario podrá usar su teléfono móvil para realizar y recibir llamadas, así como sacar fotos de los/as usuarios/as por tratarse de fechas especiales.
d) No, no es una norma.

6. Si el/la profesional sociosanitario tuviera conocimiento de alguna falta de respeto por parte de un/a compañero/a a los/as usuarios/as que atiende ¿tendría la obligación de poner en conocimiento  de esto al personal responsable del centro?
a) No, porque prima el compañerismo.
b) Si, pero sólo cuando haya presenciado malos tratos físicos.
c) Si.
d) No, porque todos/as podemos tener una mala racha personal y/o familiar.


Instrucciones de realización de la tarea:
La entrega de esta tarea se podrá realizar a través de los procedimientos establecidos, siendo la fecha límite el 18 de abril hasta las 12:00 horas.
               


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